Justicia ambiental: Aún no se ve en Chile un concreto y real cierre de faenas mineras

Hace sólo algunas semanas se informó en la prensa que, por primera vez en 20 años, una empresa aplicaba el “Cierre de Faenas Mineras”, específicamente, Cerro Colorado, de BHP Billiton. Sin embargo, lo que realmente esperan es extender los permisos, y en ningún caso quieren hacer un cierre según la ley como tal. Esta faena llevaba años extrayendo agua del acuífero Lagunillas generando daño ambiental, lo que llevó al 1er Tribunal Ambiental a sancionar a la compañía.

 

Noviembre 2023.- Las dos caras de una misma información Aunque la prensa informó hace algunas semanas que la minera Cerro Colorado cerraba sus faenas tras 3 décadas de operaciones en Pozo Almonte (1ra región), titulando este hecho como “el primer cierre de una minera en 20 años” en Chile, es importante informar que la misma empresa -perteneciente al grupo BHP Billiton- deberá invertir 15 mil millones de pesos chilenos para compensar el daño ambiental provocado por su extracción no autorizada de agua desde el acuífero Lagunillas.

Este caso data de hace más de dos años, cuando el primer tribunal ambiental dictó una medida cautelar que le prohibió a esta empresa continuar extrayendo agua del acuífero, tras la demanda por reparación de daño ambiental de Luis Jara Alarcón, copropietario de un predio llamado Estancia Cancosa, dentro de cuyos límites se encuentra el acuífero.

La novedad es que el 1er Tribunal Ambiental acaba de comunicar la aprobación de un acuerdo de conciliación entre la minera y Jara Alarcón, que supone la implementación de medidas para la recuperación de este acuífero y del bofedal cercano.

Por lo mismo, cabe preguntarse: ¿qué pasa con el real cierre de faenas mineras en nuestro país? ¿Qué tan responsable son las mineras a la hora de proteger y conservar los territorios donde se emplazan? Estas dudas son importantes de aclarar, tanto para el mundo de la minería, como para las comunidades que habitan alrededor de sus operaciones, ya que -como se sabe- por cada 1 tonelada de cobre se generan 250 toneladas de relaves, desechos mineros tóxicos llenos de metales pesados perjudiciales para el medio ambiente y la salud de las personas.

Y cerrar bien las faenas es fundamental para la justicia ambiental en Chile, para que estos relaves estén “controlados”, y para que estos no contaminen aún más suelo y aire.

Investigación

Según una investigación realizada por la U. de Chile y la U. Católica del Norte -publicada en julio de este año- se precisa a Chile como el principal exportador mundial de cobre, registrándose oficialmente 757 relaves, siendo el tercer país con mayor número de este tipo de desechos. Y se estima que, al año 2026, se deberán gestionar 915.000.000 toneladas de material de relaves. Esta cifra equivale a cerca de 4.919 barcos El Globe, el buque de carga más grande del mundo que puede transportar hasta 186.000 toneladas de carga.

Sin embargo, pese al cese de operaciones y cierre de las faenas (que se completará en diciembre, mes en que expiran los permisos ambientales para su operación), el plan de cierre aprobado por Sernageomin da plazo por dos años, que pueden extenderse a tres adicionales. Y además, desde la empresa admitieron que están explorando extender su vida útil para retomar operaciones el año 2030.

Qué dice la Ley

Según Sernageomin, la Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras obliga a que todas las faenas mineras cuenten con un plan de cierre aprobado por el Servicio, previo al inicio de las operaciones mineras y que debe contener la totalidad de las instalaciones de la faena.

“La Ley 20.551 -que regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras- fue publicada el 11 de noviembre de 2011, entrando en vigencia el 11 de noviembre de 2012. Un plan de cierre es un proyecto de ingeniería en el cual se presentan un conjunto de medidas y acciones destinadas a mitigar los efectos que se derivan del desarrollo de la industria extractiva minera, en los lugares en que ésta se realice, de forma de asegurar la estabilidad física y química de las instalaciones, en conformidad a la normativa ambiental aplicable”, explican desde el Sernageomin.

“Hasta 2011, el cierre de faenas era una de las etapas del proceso minero que no disponía de una regulación integral en el país. Asimismo, no existía una garantía financiera que proporcionara una certeza legal y técnica a los inversionistas y a los organismos reguladores del efectivo cumplimiento de la implementación de medidas de cierre adecuadas a lo largo del tiempo”, explica Ana Luisa Morales en su estudio para la CEPAL “Historia, aplicación y análisis de la Ley núm. 20.551 que Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras en Chile”.

Y agrega que “con la entrada en vigor de la Ley, en 2012, se reconoce que la etapa de cierre es parte del ciclo de la vida útil de cualquier proyecto minero, y que se debe planificar e implementar de forma progresiva, a lo largo de la etapa de operación y durante toda la vida útil de la faena. De esta manera, se garantiza el debido resguardo de la vida, salud y seguridad de las personas y del medio ambiente, asegurando la estabilidad física y química de las diferentes instalaciones mineras remanentes y evitando la generación de nuevos pasivos ambientales mineros”.

Otro de los puntos que aparece en su estudio es que el cierre sustentable de minas es el resultado de actividades y etapas de estabilización ambiental, así como de los procesos de participación con grupos de interés interno y externos durante toda la vida de la operación minera especialmente en la toma de decisiones informadas, incluyendo la fase posterior a la etapa de cierre.

En consecuencia, las externalidades negativas de la actividad han impactado fuertemente en sectores como el social y ambiental, generando grandes cuestionamientos entre la población aledaña, conflictividad social y reclamos judiciales contra la actividad minera.

En la actualidad, la industria extractiva está consciente que -incluso en la etapa de planeamiento- debe incorporar actividades y procesos que vayan a la consecución de un cierre de mina con total cumplimiento, tanto de la legislación (como es el caso de Chile y Perú), como las exigencias que indica la ley en todas las etapas de vida útil de la mina.

¿Qué pasa en la práctica?

“Este caso de la minera Colorado no significa en la práctica ningún cierre formal. Este es un cierre temporal improvisado basado en diversas malas prácticas mineras. Ya que en realidad lo que se quiere es seguir explotando la zona, alargando los permisos de extracción de aguas”, explican desde Fundación Relaves.

Y agregan que “BHP y Cerro Colorado fueron sancionados, y se vieron obligados a cerrar temporalmente sus faenas, mientras buscan ver cómo sacar agua. Sin embargo, al llegar a este acuerdo o conciliación, en vez de cancelar los 18 millones de dólares que fue la sanción, recurrirán a otras medidas para contrarrestar tanto los daños ambientales como la sequía inminente del acuífero”.